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Cómo obtener registros judiciales e informes policiales


Conozca dónde obtener registros judiciales y policiales para tramitar su solicitud de tarjeta de residencia por matrimonio


El gobierno de Estados Unidos lleva a cabo verificaciones de antecedentes de todos los solicitantes de tarjeta de residencia a través del matrimonio. Si usted es un cónyuge que busca obtener una tarjeta de residencia, deberá proporcionar registros que detallen todas las interacciones que haya tenido con la policía o fuerzas del orden público, tanto en su país de origen como en los Estados Unidos. (La única excepción son las infracciones de tráfico menores).

Esta guía le informará qué registros judiciales y qué informes policiales debe presentar, dónde obtenerlos y cómo proceder cuando esos documentos no estén disponibles. (Tenga en cuenta que los registros policiales no son lo mismo que un certificado de autorización policial, ya que solo se requieren de los cónyuges que buscan una tarjeta de residencia desde el extranjero, tengan o no un registro de antecedentes relacionados con el incumplimiento de la ley).

Además, asegúrese de leer nuestras guías detalladas sobre las implicaciones de tener un registro judicial de antecedentes penales al realizar una solicitud de tarjeta de residencia, si usted es un cónyuge patrocinador o un cónyuge solicitante de tarjeta de residencia.

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Requisitos para obtener el informe de antecedentes policiales


¿Quiénes deben presentar registros judiciales?

Aunque se llevan a cabo verificaciones de antecedentes de ambos cónyuges, sólo el cónyuge que solicita una tarjeta de residencia debe presentar registros judiciales, policiales o penitenciarios, incluso por arrestos o cargos que ocurrieron mientras eran menores de edad y, a veces, incluso aquellos que fueron eliminados posteriormente de su registro. Los detalles específicos dependen de si el cónyuge que solicita una tarjeta de residencia está solicitando desde el extranjero o dentro de los Estados Unidos.

¿Qué registros debo presentar y qué información deberían incluir?

Si está presentando la solicitud de informes policiales desde el extranjero, debe presentar ante el Centro Nacional de Visas (National Visa Center, NVC, por sus siglas en inglés) los registros judiciales y penitenciarios de cada condena, incluso si posteriormente fue indultado o se le otorgó amnistía u otro acto de clemencia. (No está obligado a proporcionar registros de un arresto que no condujo a una condena).

Los registros deben reflejar la siguiente información:

  • Las circunstancias completas del delito por el que fue condenado.
  • El resultado final de su caso, incluyendo la sentencia u otra multa.

Si está presentando su solicitud dentro de los Estados Unidos, debe enviar al Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services, USCIS, por sus siglas en inglés) los registros policiales y judiciales certificados y cualquier documento adicional requerido por cada arresto o acusación, incluso si ocurrieron mientras era menor de edad o si luego fueron eliminados de su acta. (Consulte la siguiente tabla para obtener más información).

Por lo general, no está obligado a informar o proporcionar documentación por infracciones de tránsito menores que no resultaron en cargos penales o que impliquen alcohol, drogas, lesiones personales o daños a la propiedad.

Si alguna vez fue… Entonces debe presentar…
Arrestado o detenido, pero no resultó en cargos contra su persona 1) Original o copia certificada del acta / registro de arresto

2) Una declaración oficial de la agencia de detención o la oficina del fiscal

O

Una orden judicial indicando el resultado de su arresto/detención

Imputado pero no condenado 1) Original o copia certificada del acta / registro de arresto

2) Copias certificadas de:

La acusación formal, información o acta de imputación

Y

El resultado de cada imputación

Condenado o derivado a una sentencia alternativa o un programa de rehabilitación

O

Su arresto o condena fue anulado, sellado, borrado o eliminado

1) Original o copia certificada del acta / registro de arresto

2) Copias certificadas de:

la acusación, información o acta de imputación; cualquier acuerdo de culpabilidad; y el resultado de cada incidente

3) Una copia original o certificada de: su registro de libertad condicional que demuestre que completó la sentencia, las condiciones para el juicio diferido o el programa de rehabilitación (si corresponde)

O

Documentación que demuestre que completó la sentencia alternativa o el programa de rehabilitación (si corresponde)

¿Qué pasa si mis registros judiciales no están escritos en inglés?

Si su registro judicial de antecedentes penales está en otro idioma, debe presentar una traducción certificada al inglés con cualquier registro que esté escrito en un idioma que no sea el inglés.

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Dónde obtener sus registros judiciales e informes policiales


Si está presentando la solicitud desde el extranjero, puede encontrar el nombre de la autoridad emisora en su país de origen, su tarifa actual y los procedimientos para obtener copias certificadas de registros, todo en el sitio web del Departamento de Estado de Estados Unidos. En el lado izquierdo de la página web, deberá seleccionar la primera letra del nombre de su país y luego seleccionarlo. La información que necesita aparecerá en la pestaña “Registros policiales, judiciales y penitenciarios”.

Si realiza la solicitud desde dentro de los Estados Unidos, generalmente puede acceder a sus registros judiciales directamente desde la corte donde se escuchó su caso, mientras que los registros policiales generalmente están disponibles a través del departamento de policía local que realizó el arresto o la detención.

También puede probar lo siguiente:

Autoridades del condado:

  • Corte del condado
  • Oficina del alguacil

Autoridades estatales:

  • Departamento de Seguridad Pública
  • Departamento de Policía
  • Oficina de Investigación

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Documentos alternativos a sus informes policiales


Si está presentando su solicitud desde el extranjero y no puede obtener copias certificadas de sus registros judiciales y penitenciarios, debe presentar una declaración jurada personal notarizada (declaración por escrito) en la que indique de manera detallada por qué los documentos no se encuentran disponibles. Solo cuando los lineamientos de un país indiquen específicamente que dichos registros “no están disponibles” está usted exento de enviar esos documentos al Centro Nacional de Visas.

Si presenta la solicitud dentro de los Estados Unidos y no puede obtener copias certificadas de sus registros judiciales y policiales, debe enviar:

  • Una declaración jurada personal notarizada (explicación por escrito) en la que indica las razones por las por qué los documentos no están disponibles
  • Un certificado de la fuente oficial del documento explicando por qué los documentos no están disponibles (de ser posible)
  • Cualquier otra evidencia que describa los detalles del incidente y el resultado del caso (de ser posible)

Si tampoco hay otra evidencia disponible que funja como registro judicial de antecedentes penales, debe presentar al menos dos declaraciones juradas notariadas adicionales (declaraciones escritas) de una o más personas que tengan conocimiento personal del incidente y su resultado.

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