Formulario I-130, Explicado


El Formulario I-130, oficialmente titulado “Petición para un pariente extranjero”, es un formulario de USCIS requerido para que los ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde) establezcan una relación familiar que califica con un pariente no ciudadano que desee inmigrar a los Estados Unidos. Llenar y enviar el Formulario I-130 es el primer paso en el proceso para ayudar a un miembro de la familia obtener una tarjeta verde.
Es importante recordar que solo llenar y enviar el formulario I-130 no le da automáticamente a su familiar ningún beneficio o estatus migratorio en los Estados Unidos. Es solo el comienzo del proceso, y hay más pasos que tomar antes de que su familiar pueda obtener su tarjeta verde y mudarse a los Estados Unidos.
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¿Para qué se utiliza el Formulario I-130?
El Formulario I-130 es utilizado por ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales para probar que tienen una relación familiar que hace que su familiar sea elegible para inmigrar a los Estados Unidos.
Demuestra que tienes un relación familiar real con la persona que estás patrocinando para una tarjeta verde y demuestra que estás dispuesto a apoyarla financieramente si es aprobada.
Esto es especialmente importante cuando se obtiene un tarjeta verde basada en el matrimonio; demuestra que tu matrimonio es real y no solo una forma de obtener una tarjeta verde.
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En el contexto de un visa de matrimonio o visa conyugal, el I-130 se presenta para probar que su matrimonio es legalmente válido (basado en un certificado de matrimonio). Este es también el momento durante el proceso de tarjeta verde basado en el matrimonio en el que presentar documentos (por ejemplo, estados de cuenta bancaria conjuntos, documentos de seguros conjuntos y fotos juntos) a demuestre que su matrimonio es “auténtico””, es decir, no se basa en el fraude.
La presentación de la petición I-130 también establece su lugar en la fila para una tarjeta verde disponible. A menos que sea el cónyuge, padre o hijo soltero (menor de 21 años) de un Ciudadano estadounidense (que puede saltarse la fila por completo), tu lugar en la fila está determinado por tu”fecha de prioridad”, que es la fecha en que USCIS recibió su petición I-130. Por lo general, las peticiones se procesan en el orden en que se presentan. Echa un vistazo a la Boletín de Visas para obtener más información sobre los tiempos de espera actuales para categorías específicas de tarjeta verde.
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Formulario I-130 Documentos requeridos
La petición I-130 debe presentarse ante documentos justificativos acreditar que al patrocinador se le permite presentar una I-130 y que tiene una relación familiar válida con la persona que busca una tarjeta verde.
Los documentos de respaldo requeridos para una petición I-130 generalmente incluyen:
- Prueba de que el patrocinador es ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde
- Prueba de que existe una relación legalmente válida
- Prueba de que la relación no es fraudulenta
- Prueba de cambios de nombre para el patrocinador y/o la persona que busca una tarjeta verde, en su caso
- Prueba de nacionalidad de la persona que busca una tarjeta verde

¿Qué sucede si me faltan algunos documentos para mi Formulario I-130?
Si no cuenta con uno de los documentos primarios requeridos, como un acta de nacimiento, deberá presentar una carta de las autoridades correspondientes para confirmar que este documento no existe. Conozca las pruebas secundarias que puede presentar junto con su carta.
Si envía su petición y le falta alguno de los documentos de su solicitud en su I-130, entonces USCIS podría enviarle un Solicitud de Evidencia (o RFE), lo que puede agregar mucho tiempo al proceso general. También existe la posibilidad de que los funcionarios puedan negar una petición I-130 si faltan algunos documentos justificativos, por lo que es importante hacerlo bien la primera vez que presente la solicitud.
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Documentos Alternativos para el Formulario I-130
Si un documento requerido es no disponible, debe presentar documentos alternativos (oficialmente llamados “evidencia secundaria”) para que USCIS pueda tomar una decisión sobre su petición I-130. (Boundless tiene una guía detallada de obtener documentos difíciles de encontrar y proporcionar evidencia secundaria.)
Por ejemplo, si su certificado de nacimiento no está disponible, primero puede obtener una declaración de la agencia gubernamental emisora en su país de origen que certifique que su certificado de nacimiento no está disponible en esa agencia. De lo contrario, deberá obtener otros registros (por ejemplo, un certificado de bautismo o registros escolares) que muestren los hechos de su nacimiento o declaraciones escritas de familiares que puedan dar fe de esos hechos.
Tiempo de procesamiento del Formulario I-130
El tiempo promedio de procesamiento para el Formulario I-130 es alrededor de 14 meses. Esta estimación se basa en el análisis realizado por el asociado de negocios Boundless Rastrear mi visa ahora, quien rastrea los tiempos de espera en tiempo real, dando las estimaciones más actualizadas para las peticiones del Formulario I-130 presentadas hoy.
El tiempo que lleva obtener su petición I-130 aprobada en 2025 depende de dos factores clave:
- ︎Desde donde se aplica: ¿Está aplicando desde dentro de los Estados Unidos o desde el extranjero?
- Su relación con el peticionario estadounidense: ¿Es usted un pariente inmediato (cónyuge, hijo soltero menor de 21 años o padre de un ciudadano estadounidense) o está dentro de otra categoría de preferencia familiar?
Tiempos de procesamiento del Formulario I-130 para familiares inmediatos de un titular de la tarjeta verde de los Estados Unidos
- Vivir en el extranjero: El procesamiento del formulario I-130 generalmente toma 35 meses.
- Vivir en los Estados Unidos: Si ya se encuentra en los Estados Unidos, espere un tiempo de procesamiento de 14.5 meses.
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Artículo relacionado
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Costo del Formulario I-130
El costo de presentar el Formulario I-130 es $675. El pago presentado al gobierno no es reembolsable, aunque su petición sea denegada.
Consejos adicionales:
- Asegúrese de enviar el monto exacto de la tarifa de presentación. Puede pagar esto con cheque o tarjeta de crédito, utilizando Formulario G-1450. Los cheques deben hacerse pagaderos al “Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos”.
- Siempre revise el sitio web de USCIS para obtener el Formulario I-130 para confirmar la tarifa de presentación antes de presentar la solicitud. También puede llamar al Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS al 1-800-375-5283 para preguntar sobre la tasa de presentación actual.
- Si patrocina a más de una persona, deberá presentar el Formulario I-130 por separado para cada miembro de la familia.
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Elegibilidad para el Formulario I-130
¿Quién puede presentar el Formulario I-130?
- Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar peticiones I-130 para sus cónyuges, hijos, padres y hermanos. Los titulares actuales de la tarjeta verde pueden presentar peticiones I-130 para sus cónyuges e hijos solteros.
El ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde que presenta la petición I-130 recibe el nombre oficial de “peticionario” o “patrocinador”. A la persona que busca una tarjeta verde se le conoce oficialmente como el “beneficiario”.
¿Quién no puede presentar el Formulario I-130?
Existen algunas exclusiones de elegibilidad que impiden la presentación de una petición I-130, incluso cuando existen las relaciones familiares anteriores. No puede presentar un I-130 con el fin de apadrinar a alguno de los siguientes familiares:
- A abuelo, nieto, sobrino, sobrina, tío, tía, primo, o suegros
- Un padre adoptivo o niño adoptado, si el niño fue adoptado después de cumplir 16 años
- A padre biológico, si se convirtió en titular de la tarjeta verde u obtuvo Ciudadanía de los Estados Unidos a través de la adopción
- A padrastro o hijastro, si el matrimonio que creó la relación escalonada ocurrió después de que el niño cumpliera 18 años
- A cónyuge, si usted y su cónyuge fueron no ambos físicamente presentes en la ceremonia de matrimonio
- A cónyuge, si se convirtió en titular de la tarjeta verde a través de un matrimonio previo con un ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde, a menos que ahora sea un naturalizado Ciudadano estadounidense o ha sido titular de la tarjeta verde durante al menos cinco años
- A cónyuge, si se casó con su cónyuge mientras él o ella formaba parte de cualquier procedimiento judicial de inmigración (una audiencia en un tribunal de inmigración para alguien que se enfrenta a la deportación o, más formalmente, “expulsión”)
- Cualquier pariente, si USCIS ha determinado que esta persona se casó, o intentó casarse, únicamente con fines de inmigración
Es importante saber que hay excepciones a algunas de las exclusiones anteriores y que es posible que pueda presentar una petición I-130 con más documentación de apoyo en esas situaciones.
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Deje que Boundless simplifique su solicitud de tarjeta verde y le ayude a reunirse con su familia antes. Vea si califica.
¿Cómo Presento el Formulario I-130?
Puede presentar el Formulario I-130 ya sea en línea o por correo.
Para presentar el Formulario I-130 en línea
Necesita crear una cuenta en línea con USCIS. Esto también hará que sea más fácil recibir alertas de casos, verificar su estado, cargar evidencia de respaldo y ver toda la correspondencia del caso. Puede presentar el Formulario I-130 en línea incluso si su familiar ya se encuentra en los Estados Unidos y planea enviar su Formulario I-485 por correo.
Para presentar el Formulario I-130 por correo
Al presentar la solicitud por correo, es importante que envíe su solicitud a la dirección correcta para presentar el Formulario I-130. Si vive en los Estados Unidos, deberá verificar la dirección correcta para enviar su petición. Dependiendo del estado en el que viva y si su familiar también está presentando el Formulario I-485, USCIS requerirá que envíe a Dallas, Chicago o Phoenix Lockbox. A partir de aquí, se procesará en cualquiera de los cinco centros de servicio de USCIS.
Si vive fuera de los Estados Unidos, puede presentar su solicitud en el USCIS Dallas Lockbox o en línea. Si hay circunstancias especiales, puede solicitar presentar su solicitud en la Embajada de Estados Unidos más cercana.
Asegúrese de llenar todas las secciones del formulario y firmarlo, de lo contrario, USCIS podría rechazarlo.
¿Qué sucede después de que se apruebe el Formulario I-130?
Una vez que USCIS apruebe su petición I-130, no es el final del proceso. Su familiar aún necesita solicitar una tarjeta verde. Esto es lo que suele suceder a continuación:
- Familiares inmediatos: Si su pariente es su cónyuge, padre o hijo soltero menor de 21 años, se le considera un familiar cercano. Esto significa que no tienen que esperar y pueden solicitar su tarjeta verde de inmediato.
- Categorías de preferencia familiar: Si tu pariente está en una categoría familiar diferente, como un hijo casado o hermano, probablemente tendrá que esperar hasta que haya una visa disponible. El tiempo que esperen depende de qué país sean y en qué categoría familiar se encuentren.
- Ajuste de estado (I-485): Si su familiar ya vive en los Estados Unidos y tiene una visa disponible, puede solicitar una tarjeta verde usando un formulario llamado I-485. Esto les permite cambiar su estatus de visitante temporal a residente permanente.
Formulario I-864
Si su familiar ya se encuentra en los Estados Unidos y tiene una visa disponible, puede solicitar una tarjeta verde usando el Formulario I-485. La mayoría de las veces, también deberá enviar Formulario I-864, llamado una declaración jurada de apoyo, para demostrar que tienes suficiente dinero para cuidar a tu familiar y evitar que necesiten ayuda del gobierno. Pero hay algunos casos en los que es posible que no necesite presentar la I-864, dependiendo del tipo de visa que tenga su familiar y su situación específica.
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Formularios Comunes de Tarjeta Verde Matrimonial
Más que solo firmar un formulario
Tienes que incluir evidencia junto con tu solicitud I-130, incluyendo prueba de ciudadanía o estatus de tarjeta verde, documentos que prueben que tu relación es real, e incluso documentos financieros como declaraciones de impuestos y extractos bancarios.
¿Puedo acelerar el tiempo de procesamiento del I-130?
Hay algunas formas de obtener la aprobación rápidamente, pero no están garantizadas. La mejor manera de evitar demoras es presentar un I-130 completo y libre de errores la primera vez.
Una vez que se haya asegurado de que su petición I-130 sea precisa y esté presentada, hay algunas otras opciones para probar:
- Presente un agilizar la solicitud con USCIS
- Comuníquese con su representante en el Congreso directamente para obtener ayuda
- Manténgase en contacto con USCIS. Usted puede verifique el estado de su petición en línea o llamando a USCIS.
¿Qué porcentaje de I-130 aprueba el gobierno?
El índice de aprobación para el Formulario I-130 ha sido alto en los últimos años, ¡por encima del 99%! Esto se debe a que la mayoría de las solicitudes I-130 son presentadas por ciudadanos estadounidenses o titulares de tarjetas verdes que patrocinan a sus familiares inmediatos. Los familiares inmediatos no están sujetos a límites numéricos, por lo que existe una buena posibilidad de que sus peticiones sean aprobadas.
Más que solo firmar un formulario
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Hay algunas formas de obtener la aprobación rápidamente, pero no están garantizadas. La mejor manera de evitar demoras es presentar un I-130 completo y libre de errores la primera vez.
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¿Qué porcentaje de I-130 aprueba el gobierno?
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Preguntas frecuentes sobre el Formulario I-130
El Formulario I-130 es el primer paso para ayudar a un familiar a solicitar una tarjeta verde si eres ciudadano estadounidense o residente permanente y deseas demostrar tu parentesco con alguien que es elegible para la residencia permanente.
Si tu familiar ya se encuentra en los Estados Unidos, es posible que pueda usar el Formulario I-485 (Solicitud de Ajuste de Estatus) para solicitar la residencia permanente al mismo tiempo. En algunos casos, es posible presentar ambos formularios juntos.
Sí, puedes presentar el Formulario I-130 en nombre de tu cónyuge o familiar incluso si esa persona está en proceso de deportación. Sin embargo, esto complica el proceso, ya que la aprobación del Formulario I-130 por sí sola no evita la deportación ni otorga un estatus legal.
Si el I-130 es aprobado, la persona aún deberá solicitar el ajuste de estatus o el proceso consular, según su caso. Asegúrate de coordinar tanto con el proceso ante la corte de inmigración como con USCIS para garantizar los tiempos y la presentación adecuados de formularios adicionales, como el Formulario I-485, si es elegible.
Sí, los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales (LPR, por sus siglas en inglés) pueden presentar el Formulario I-130 mientras viven en el extranjero. Si eres ciudadano estadounidense, es posible que puedas presentar la petición en una embajada o consulado de los EE. UU. en el país donde vives, según las normas locales. Sin embargo, los LPR generalmente deben presentar la petición a través de una dirección en los EE. UU. ante USCIS.
Ten en cuenta que vivir en el extranjero puede afectar los tiempos de procesamiento, y podría requerirse demostrar la intención de regresar a los EE. UU. cuando tu familiar reciba su visa.
Si tu situación financiera cambia después de presentar el Formulario I-130, es posible que aún puedas continuar con la petición. Puedes buscar un copatrocinador que cumpla con los requisitos financieros para copatrocinar a tu familiar. El copatrocinador debe ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal y cumplir con los umbrales de ingresos.
Existen muchas razones por las que una solicitud puede ser denegada. Si USCIS deniega tu petición I-130, recibirás por correo el Formulario I-797 (“Aviso de Acción”).
Si consideras que tu I-130 fue denegado injustamente, es posible que puedas apelar ante un organismo independiente, la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO, por sus siglas en inglés), dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que se envió el aviso (no desde la fecha en que lo recibiste).
Para la mayoría de las personas que presentan una petición con el I-130, USCIS invitará al patrocinador y al familiar que busca la tarjeta verde a asistir a una entrevista. Durante la entrevista, USCIS confirmará la información que has proporcionado.
En algunos casos, USCIS puede aprobar tu I-130 sin necesidad de una entrevista. Si eres ciudadano estadounidense y estás presentando la petición para tus padres, o para hijos solteros menores de 21 años que se encuentran en los Estados Unidos y han presentado el Formulario I-485, es posible que no necesites una entrevista. También es posible que no necesites una entrevista si eres residente permanente y estás presentando la petición para alguno de tus hijos menores de 14 años.
No, se espera que el cónyuge que busca la tarjeta verde permanezca en el extranjero hasta que su tarjeta verde sea aprobada. Una vez aprobada, tiene 6 meses para ingresar a los Estados Unidos.
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