Formulario I-129, Explicado

El Formulario I-129, conocido oficialmente como la “Petición para Trabajador No Inmigrante”, es un formulario utilizado por los empleadores estadounidenses que desean traer trabajadores extranjeros a los Estados Unidos para un empleo temporal en diversas categorías. El Formulario I-129 es presentado por un empleador patrocinador en nombre del empleado ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Si se aprueba, el trabajador extranjero puede solicitar la visa de trabajo de no inmigrante correspondiente en una embajada o consulado de los Estados Unidos en su país de origen.
En esta guía, cubriremos los detalles del Formulario I-129, incluido el tiempo de procesamiento, el costo de presentación y qué documentos proporcionar.
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¿Qué categorías de visa requieren el Formulario I-129?
Estas son algunas de las categorías comunes de visas de trabajo para no inmigrantes que requieren el Formulario I-129:
- Visa H-1B: Para trabajadores extranjeros en ocupaciones de especialidad que requieren conocimientos especializados (comunes en la industria tecnológica).
- Visa L-1: Para los transferidos dentro de la compañía, permitiendo que las empresas multinacionales transfieran empleados de una oficina extranjera a una oficina estadounidense.
- El Visa: Para personas con capacidad o logros extraordinarios en campos como artes, ciencias, atletismo, educación, o negocios.
- Visa P: Para atletas, artistas, artistas y su personal de apoyo que vienen a los Estados Unidos temporalmente para participar en eventos o actuaciones específicos.
- Visa R: Para los trabajadores religiosos que buscan trabajo en organizaciones religiosas estadounidenses.
- Visa E-1: Para los comerciantes de tratados que realizan un comercio sustancial entre su país de origen y los EE. UU.
- Visa E-2: Para los inversores en tratados que invierten una cantidad sustancial de capital en un negocio estadounidense.
- Visa E-3: Para los ciudadanos australianos que vienen a Estados Unidos para trabajar en una ocupación especializada.
- Visa TN: Para profesionales canadienses y mexicanos bajo el Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA), anteriormente conocido como TLCAN.
- Visa H-2A: Para trabajadores agrícolas temporales.
- Visa H-2B: Para trabajadores temporales no agrícolas en industrias con necesidades estacionales.
Tiempo de procesamiento del Formulario I-129
El tiempo de procesamiento para el Formulario I-129 varía dependiendo de dónde se presente la petición y la categoría de visa de trabajo que esté solicitando. El Formulario I-129 generalmente se presenta en uno de los Centros de Servicio de USCIS, nuevamente dependiendo de qué categoría de visa y dónde se encuentra el empleador patrocinador en los EE. UU.
Puede verificar los tiempos de procesamiento actuales para el Formulario I-129 para su categoría de visa específica y el centro de servicio de USCIS aquí.
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Costo del Formulario I-129
La tarifa actual para presentar el Formulario I-129 depende de la categoría de visa. Estas son las tarifas actuales de presentación del Formulario I-129 por tipo de visa:
Dado que el Formulario I-129 generalmente es presentado por el empleador patrocinador en nombre del trabajador extranjero, el empleador es responsable de los costos de presentación durante el proceso. Como se mencionó anteriormente, si opta por procesamiento premium, hay una cuota adicional de $2805.
Documentos de respaldo del Formulario I-129
Al presentar el Formulario I-129, los documentos de respaldo requeridos pueden variar dependiendo de la categoría de visa de trabajo que esté solicitando. Sin embargo, aquí hay algunos documentos de respaldo comunes y pruebas que todos los solicitantes pueden esperar para el Formulario I-129:
- Detalles de la oferta de empleo: Una carta del empleador estadounidense explicando la oferta de trabajo, incluyendo detalles como el título del trabajo, las obligaciones del trabajo, el salario, la ubicación y el período de empleo previsto. Esta carta también debe dar fe de las calificaciones del beneficiario para el puesto.
- Solicitud de Condición Laboral (LCA): Para H-1B y las categorías de visa E-3, los empleadores deberán incluir un LCA certificado del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL) que confirme que el empleador pagará el salario vigente y cumplirá con otros requisitos de condiciones laborales.
- Currículum del empleado: Es posible que deba proporcionar un currículum o CV detallado, incluyendo calificaciones educativas y profesionales.
- Credenciales educativas: Esto podría incluir copias de los diplomas, títulos y transcripciones del trabajador extranjero para establecer calificaciones educativas, especialmente para H-1B y visas E-3.
- Cartas de Verificación de Empleo: Para Visas L-1, letras por lo general, se requiere de los empleadores extranjeros anteriores del trabajador extranjero que verifiquen su empleo calificativo en el extranjero. Boundless ha reunido una guía sobre Cartas de Verificación de Empleo aquí.
- Evidencia Adicional para Categorías Especializadas: Dependiendo de la categoría específica de visa, es posible que se requieran pruebas adicionales. Por ejemplo, para O y visas P, los solicitantes pueden necesitar proporcionar evidencia de capacidad o logros extraordinarios, como premios, publicaciones o cobertura mediática.
- Prueba de relaciones: Para ciertas categorías como Visas L-1, proporcionar documentación que establezca la relación entre las entidades estadounidenses y extranjeras, como organigramas, artículos de incorporación y registros financieros.
Dado que los documentos requeridos son específicos para cada categoría de visa, es importante verificar Lista de verificación de USCIS de evidencia inicial requerida al presentar el Formulario I-129. Asegúrese de seleccionar la categoría de visa específica que está solicitando.
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Puede ser elegible para solicitar”procesamiento premium” de su Formulario I-129 por una tarifa adicional de $2805. Si se aprueba, USCIS procesará su I-129 dentro de 15-45 días calendario.
Visita Página de USCIS sobre procesamiento premium para saber más.
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Formulario I-129 Preguntas frecuentes
La “Regla de los 240 Días” es una directriz de inmigración de los EE. UU. que permite a ciertos trabajadores no inmigrantes seguir trabajando para su empleador hasta por 240 días después del vencimiento de su visa de trabajo, siempre que hayan presentado a tiempo una nueva petición I-129 (Petición para Trabajador No Inmigrante). Para ser elegible bajo la Regla de los 240 Días, el trabajador extranjero debe tener una solicitud pendiente de extensión o cambio de estatus mediante el Formulario I-129, presentada ante USCIS antes del vencimiento de su visa actual.
De manera similar a la regla de los 240 días, si has presentado una petición mediante el Formulario I-129 para extender tu estatus de no inmigrante o cambiar a otro estatus de no inmigrante, y presentaste la solicitud antes del vencimiento de tu visa actual, es posible que seas elegible para permanecer en los EE. UU. mientras tu I-129 está pendiente. Esto a menudo se conoce como estatus “de transición” o “cap-gap”. Puedes obtener más información sobre cómo extender o cambiar tu estatus de no inmigrante aquí.
Viajar fuera de los EE. UU. mientras tu petición del Formulario I-129 está pendiente puede ser un asunto complejo, y depende de tu estatus migratorio actual y del tipo de petición I-129 que hayas presentado:
Si tienes una visa válida y no vencida, generalmente puedes viajar fuera de los EE. UU. y regresar usando esa visa mientras tu I-129 está pendiente. Ten en cuenta que aún podrías estar sujeto a inspección y posibles preguntas al reingresar.
Los titulares de visa H-1B y L-1 que hayan presentado el Formulario I-129 para extender su estatus de visa generalmente pueden viajar fuera de los EE. UU. mientras sus peticiones de extensión están pendientes, y reingresar usando la visa vigente y el aviso de recibo de USCIS del Formulario I-129 pendiente.
Si presentaste el Formulario I-129 para cambiar a un estatus de no inmigrante diferente y tu solicitud está pendiente, podría ser difícil viajar fuera de los EE. UU. e intentar reingresar al país. Salir de los EE. UU. antes de que USCIS apruebe tu solicitud de cambio de estatus puede considerarse como un abandono de tu petición.
Durante el proceso de la H-1B, una vez que se aprueba tu Formulario I-129, deberás asistir a una entrevista de visa H-1B en la Embajada o consulado de los EE. UU. en tu país de origen. Durante esta entrevista, si el oficial consular aprueba tu visa H-1B, recibirás un sello de visa en tu pasaporte. Para que se selle tu visa H-1B, es posible que debas llevar una copia de tu aviso de aprobación del Formulario I-129 (Aviso de Acción I-797), así como una copia de la petición del Formulario I-129 en sí.
El Formulario I-129 se usa para fines basados en empleo, específicamente para permitir que un empleador estadounidense patrocine a un trabajador extranjero para una visa de trabajo de no inmigrante en los EE. UU. El Formulario I-130 (Petición para Familiar Extranjero) se usa para fines de inmigración familiar. El Formulario I-130 puede ser presentado por ciudadanos estadounidenses y titulares de tarjeta verde que deseen patrocinar a familiares elegibles para la residencia permanente en los EE. UU.
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