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Explicación del formulario I-130


Información sobre tiempos de procesamiento, costos y requisitos para la “Petición de Familiar Extranjero”


¿Qué es el formulario I-130 del USCIS?


El formulario I-130 (oficialmente conocido como “Petición de Familiar Extranjero”) establece que existe una relación familiar válida entre un ciudadano estadounidense o titular de una green card y una persona en busca de la tarjeta de residencia. Este formulario frecuentemente se conoce simplemente como la petición “I-130”.

La presentación de la solicitud I-130 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services, USCIS), que forma parte del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS), es el primer paso del proceso para obtener la tarjeta de residencia por motivos familiares. ¿No está seguro si califica para una tarjeta de residencia por motivos familiares? Empiece por verificar su elegibilidad.

En el contexto de la visa por matrimonio, el formulario I-130 es presentado para comprobar que su matrimonio tiene validez legal (basándose en un certificado de matrimonio). Este paso también es la fase del proceso de la solicitud de una tarjeta de residencia por matrimonio en la que se presentará documentos (por ejemplo, cuentas bancarias en común, documentos de seguro en común, y fotos de su matrimonio) para demostrar que su matrimonio es real, es decir, que no está basado en el fraude.

Presentar el formulario I-130 también lo añade a la fila de espera para la disponibilidad de una tarjeta de residencia. A menos que sea el cónyuge, pariente, o hijo soltero (menor de 21 años de edad) de un ciudadano estadounidense (quienes pueden brincar la fila de espera), su lugar en la fila es determinado por su “fecha de prioridad”, que es simplemente la fecha en la que USCIS recibió su formulario I-130. Normalmente, las peticiones son tramitadas en el orden en que son recibidas. Lea nuestro artículo para saber más sobre cómo leer el Boletín de Visas y para más información detallada de los plazos de espera dependiendo de cada categoría de la tarjeta de residencia.

En esta guía aprenderá sobre:

  1. Tiempos de trámite del formulario I-130
  2. Costo del formulario I-130
  3. Elegibilidad del formulario I-130
  4. Documentos necesarios para el formulario I-130
  5. Documentos alternativos
  6. Preguntas frecuentes sobre el formulario I-130

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Tiempos de trámite del formulario I-130


¿Cuánto tiempo dura el proceso de petición de I-130?

El tiempo de trámite de su petición I-130 dependerá de la relación familiar y de la oficina del USCIS que reciba su formulario. Para los parientes inmediatos (cónyuge o hijo soltero) de un titular de una tarjeta de residencia (residente legal permanente), los tiempos de proceso del formulario I-130 actualmente varían entre 5 y 37 meses (a partir del 13 de abril del 2022). Por ejemplo, el Centro de Servicio de Nebraska sólo tarda entre 5 y 7 meses en tramitar el formulario I-130 para los familiares directos de un titular de una green card estadounidense, mientras que el Centro de Servicios de Texas actualmente se tarda entre 17 y 23 meses en tramitar el mismo formulario.

Para los familiares directos de un ciudadano estadounidense, los tiempos de tramitación del I-130 varían actualmente entre 5 y 16 meses (a partir del 13 de abril de 2022).

Cuanto antes comience a tramitar su solicitud I-130, mejor. Con Boundless, todos los formularios requeridos enlistados arriba se convierten en simples preguntas que puede responder en menos de dos horas. Comience hoy mismo.


Costo del formulario I-130


¿Cuánto cuesta el formulario I-130?

La tarifa de presentación del gobierno para su petición I-130 actualmente es de 535 dólares. Puede pagar mediante cheque o tarjeta de crédito, utilizando el formulario G-1450.

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Elegibilidad del formulario I-130


¿Quién puede presentar el formulario I-130?

Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar las peticiones I-130 para sus cónyuges, hijos, parientes, y hermanos. Titulares actuales de tarjeta de residencia (residentes permanentes de los Estados Unidos) pueden presentar las peticiones I-130 para sus cónyuges e hijos solteros.

El ciudadano estadounidense o titular de una green card que presenta el formulario I-130 se llama “peticionario” o “patrocinador”. El individuo solicitando una tarjeta de residencia es conocido como “beneficiario”.

¿Quiénes no pueden presentar el formulario I-130?

Hay algunas exclusiones que impiden la presentación de una petición I-130, incluso cuando existen las relaciones familiares mencionadas anteriormente. No se puede presentar un formulario I-130 para patrocinar a individuos en ninguno de los siguientes casos:

  1. Un abuelos, nietos, sobrino/sobrina, tío/tía, primos o suegro/suegra.
  2. Un pariente adoptivo o un hijo adoptivo, si el hijo fue adoptado después de haber cumplido los 16 años de edad.
  3. Un pariente biológico, si obtuvo una tarjeta de residencia o ciudadanía estadounidense mediante la adopción.
  4. Un padrastro o hijastro, si el matrimonio que resultó en esta relación ocurrió después de que el hijo haya cumplido los 18 años de edad.
  5. Un cónyuge, si usted y su cónyuge no estuvieron presentes físicamente, en la ceremonia de matrimonio.
  6. Un cónyuge, si usted obtuvo una tarjeta de residencia a través de un matrimonio previo a un ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta de residencia — excepto en el caso que usted se haya naturalizado y sea ciudadano estadounidense, o si ha sido residente permanente por al menos cinco años.
  7. Un cónyuge, si se casaron mientras él o ella eran parte de cualquier procedimiento judicial de inmigración ( una audiencia en un tribunal de inmigración para alguien que enfrenta la deportación o, más formalmente, la “remoción”)
  8. Cualquier familiar, si USCIS ha determinado que esa persona se casó o intentó casarse con el único propósito de obtener un beneficio migratorio a los Estados Unidos.

Es importante entender que hay excepciones a algunas de las exclusiones mencionadas anteriormente, y puede llegar a ser posible presentar una petición I-130 con documentos de respaldo adicionales en esas situaciones.

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Documentos necesarios para el formulario I-130


La petición I-130 debe ser presentada junto con documentos de respaldo para comprobar que el patrocinador tiene permitido presentar un formulario I-130, y que existe una relación familiar válida con la persona solicitando una tarjeta de residencia.

Los documentos necesarios para una petición I-130 suelen incluir:

  • Comprobante de que el patrocinador es ciudadano estadounidense o titular de una green card (copia del acta de nacimiento, certificado de naturalización o pasaporte válido de los Estados Unidos)
  • Comprobante de que existe un matrimonio legalmente válido (por ejemplo, un acta de matrimonio que indique los nombres de ambos cónyuges, el lugar y la fecha del matrimonio)
  • Comprobante de que el matrimonio no es fraudulento (por ejemplo, un contrato de arrendamiento conjunto, estados de cuentas bancarias conjuntas y fotografías juntos)
  • Comprobante de cualquier cambio de nombre para ambos cónyuges, si tal existe, (típicamente, una orden de cambio de nombre)
  • Comprobante de la nacionalidad del cónyuge beneficiario (copia del acta de nacimiento y pasaporte)

Los documentos de respaldo solicitados para una green card basada en la familia incluyen, por ejemplo, una copia del certificado de nacimiento en Estados Unidos del patrocinador para demostrar que es un ciudadano estadounidense. Si no tiene todos estos documentos a la mano, ¡no se preocupe! La buena noticia es que puede comenzar con su solicitud ahora, mientras reúne los documentos de respaldo. ¡No necesita todos los documentos para iniciar con el proceso!


Documentos alternativos


Si un documento de los solicitados no está disponible, deberá presentar documentos alternativos (oficialmente llamados “pruebas secundarias”) para que USCIS pueda tomar una decisión respecto a su petición I-130. Boundless tiene una guía detallada para conseguir documentos difíciles de encontrar y sobre la presentación de pruebas secundarias).

Por ejemplo, si su acta de nacimiento no está disponible, puede obtener una carta de la agencia gubernamental emisora en su país de origen que certifique que su acta de nacimiento no está disponible en ese organismo. De otra manera necesitará conseguir otros registros (por ejemplo, un certificado de bautismo o sus registros de la escuela) que muestren que los hechos de su nacimiento o los estatutos escritos de sus familiares pueden testificar estos hechos.

Con Boundless, puede tener la seguridad que un abogado de inmigración independiente revisará todos los materiales de su aplicación y responderá cualquier pregunta que tenga, sin cargo extra. ¡Comience ahora!


Preguntas frecuentes sobre el formulario I-130


  1. ¿Cuál es la diferencia entre el formulario I-130 y el formulario I-485?

El formulario I-130 es el primer paso para ayudar a un pariente a solicitar una green card si usted es un ciudadano estadounidense o un residente permanente y quiere demostrar que es familiar de alguien que califica para la residencia permanente.

Si su familiar ya está en los Estados Unidos, es posible que pueda utilizar el formulario I-485 (Solicitud para Ajuste de Estatus) para solicitar la residencia permanente al mismo tiempo. En algunos casos se pueden presentar estos formularios juntos.

  1. ¿Cómo presentar el formulario 1-130?

Puede presentar el formulario I-130 en línea o vía correo. Para presentarlo en línea necesita crear una cuenta en línea con USCIS. Esto también hará más fácil recibir alertas, revisar su estatus, subir evidencia de apoyo y ver toda la correspondencia del caso. Puede presentar su formulario I-130 en línea incluso si su familiar ya está en Estados Unidos y planea presentar su formulario I-485 por correo.

También puede presentar el formulario I-130 por correo postal. Si vive en Estados Unidos, necesitará confirmar a qué dirección enviar su petición. Dependiendo de en cuál estado viva y si su familiar también llenará el formulario I-485, USCIS le pedirá que lo envíe al buzón Dallas, Chicago o Phoenix. Desde ahí, será procesado a uno de los cinco centros de servicio de USCIS.

Si vive fuera de los Estados Unidos , puede presentarlo en el buzón de USCIS en Dallas o en línea. Si existen circunstancias especiales, puede solicitar presentarlo en la embajada estadounidense más cercana.

Asegúrese de llenar todas las secciones del formulario y de firmarlo, de otra forma, USCIS podría rechazarlo.

  1. ¿Cuáles son las tarifas para el I-130?

Una petición I-130 actualmente cuesta $535, pagada con cheque o tarjeta de crédito, utilizando el Formulario G-1450.

  1. ¿Puedo acelerar el proceso del formulario I-130?

El procedimiento premium no está disponible para las solicitudes I-130, pero puede enviar una solicitud especial a USCIS si quiere acelerar el proceso del formulario I-130. USCIS usualmente sólo considerará la solicitud si hay intereses humanitarios urgentes o del gobierno de los Estados Unidos.

  1. ¿Quién puede presentar el formulario I-130?

Si es un ciudadano estadounidense, puede presentar el formulario I-130 para cada uno de sus familiares que cumplan los requisitos. Esto incluye su cónyuge, sus hijos, sus hermanos y sus padres. Si es un residente permanente, puede hacer una petición para su cónyuge y sus hijos menores de 21 años.

También puede hacer una petición para su hijastro si el matrimonio que creó esta relación tuvo lugar cuando el niño tenía menos de 18 años.

  1. ¿Qué documentos necesitaré para presentar el formulario I-130?

Cuando presente el formulario I-130, necesitará mostrar evidencia de su relación con el familiar por el que está haciendo la solicitud. 
Algunos de los documentos que puede usar para demostrar esto incluyen:

  • Evidencia de la ciudadanía estadounidense o de la residencia permanente, como certificado de nacimiento, naturalización o certificado de la ciudadanía, pasaporte o green card.
  • Evidencia de su relación familiar, por ejemplo, a través de un certificado de matrimonio o un certificado de nacimiento.
  • Si está solicitando por su esposa, necesitará probar evidencia adicional de su relación y probar que tienen un matrimonio genuino. Algunas formas para demostrarlo es incluir documentación que muestre la propiedad o renta de un inmueble juntos, extractos de cuentas bancarias conjuntas y declaraciones juradas de personas que puedan confirmar que su relación es auténtica.
  • Prueba de cambio de nombre legal, si aplica.
  1. Mi formulario I-130 ha sido aprobado, ¿qué sigue?

Una vez que el I-130 ha sido aprobado, tu familiar puede solicitar su green card. Si es un familiar inmediato, como un padre, esposo o hijo soltero menor de 21 años, pueden solicitarla inmediatamente. De otra forma, puede que tenga que esperar. Si pueden solicitarlo inmediatamente y están en Estados Unidos, pueden ajustar su estatus utilizando el formulario I-485.

  1. ¿Necesitaré ir a una cita de biometría para el formulario I-130?

USCIS puede solicitar información biométrica a cualquier solicitante, patrocinador o peticionario. Después de presentar su I-130, recibirá el formulario I-779 de USCIS, que le informará si su petición ha sido aprobada, rechazada, o si necesita proporcionar más información. Si su I-130 ha sido aprobado, este formulario también incluirá un aviso de cita con fecha, hora y localización para una cita para proporcionar información biométrica en su centro de apoyo a solicitudes más cercano.

  1. ¿Qué pasa si mi formulario I-130 es negado?

Hay muchas razones por las que una solicitud puede ser negada. Si USCIS niega su petición I-130, recibirá un formulario I-797 por correo (“Aviso de Acción”).

Si cree que su aplicación I-130 fue negada injustamente, puede apelar a un organismo distinto, la Oficina de Administración de Apelaciones (AAO, por sus siglas en inglés), en 30 días a partir del día cuando la notificación fue enviada (no desde cuando fue recibida).

  1. ¿Cómo puedo revisar el estatus de mi caso I-130?

Puede dar seguimiento al proceso de su caso en línea usando los 13 dígitos del número de recibo de caso, el cual puede encontrar en cualquiera de las cartas de notificación que fueron enviadas por USCIS.

  1. ¿Necesitaré una entrevista para mi I-130?

Para la mayoría de las personas que solicitan el I-130, USCIS invitará al patrocinador y al familiar que busca recibir una green card a asistir a una entrevista. Durante la entrevista, el USCIS confirmará la información que usted ha proporcionado.

A veces, el USCIS puede aprobar su I-130 sin necesidad de una entrevista. Si usted es un ciudadano estadounidense y está solicitando para sus padres, o hijos solteros menores de 21 años que estén en Estados Unidos y ha presentado el formulario I-485, entonces puede que no necesite una entrevista. También puede no necesitar una entrevista si es un residente permanente y si solicita por alguno de sus hijos menores de 14 años.

  1. ¿Qué pasa si me falta alguno de los documentos para mi I-130?

Si no tiene uno de los documentos principales solicitados, como un certificado de nacimiento, entonces necesitará presentar una carta de las autoridades pertinentes para confirmar que este documento no existe.

Si presenta su petición y le falta uno de los documentos en su aplicación I-130, entonces el USCIS puede enviarle una Solicitud de Evidencia (o RFE, por sus siglas en inglés).

Sin embargo, también existe la posibilidad de que los oficiales le puedan negar una solicitud I-130 si alguno de los documentos de apoyo falta.

  1. ¿Mi familiar podrá trabajar después de presentar el formulario I-130?

El I-130 es una petición para ayudar a los familiares a solicitar una green card, y no da el derecho de trabajar. La buena noticia es que si es el primer paso para obtener la residencia permanente y el derecho de trabajar en los Estados Unidos, y más adelante del proceso, su familiar puede presentar el formulario I-765 y solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EDA, por sus siglas en inglés).

  1. ¿Puedo presentar los formularios I-130 y I-485 juntos?

Si presenta el formulario I-130 y su familiar ya está en Estados Unidos, es posible que pueda presentar el formulario I-485 juntos. Este proceso es llamado solicitud simultánea.

Si su familiar no es un pariente inmediato, como su cónyuge, su hijo o su padre, es posible que también tenga que confirmar que hay una visa disponible para ellos antes de presentar la solicitud simultánea.

Para que el formulario I-130 y el I-485 sean considerados juntos, tendrá que presentarlos al mismo tiempo, enviandolos por correo con las tarifas de presentación requeridas y los documentos de apoyo al mismo lugar, Serán considerados como solicitud simultánea si ha presenta un formulario I-130 en línea o por correo, y si todavía está pendiente cuando su familiar presente el formulario I-485 para ajustar su estatus.

Dado que ambos formularios son procesados por el USCIS, son elegibles para la solicitud simultánea. Por lo general, si su familiar no está en Estados Unidos, no será capaz de presentar el ajuste de estatus al mismo tiempo, ya que los visados de un inmigrante son tramitados por el Departamento del Estado.

  1. ¿Puedo usar el formulario I-130 para mi cónyuge o mi prometido/a?

Si es un ciudadano estadounidense que solicita una green card para un cónyuge que no lo es, entonces el formulario I-130 es el primer paso para aplicar por una visa K-3 (“Visa de no inmigrante para un cónyuge”).

Si está solicitando para su prometido(a) tendrá que presentar el formulario I-129 (Petición para un prometido/a extranjero/a), para que ellos sean admitidos en los Estados Unidos como prometido/a no inmigrante K-1.

  1. ¿Mi familiar podrá viajar con un I-130?

Mientras el patrocinador está esperando que la petición I-130 sea aprobada, el familiar puede viajar a los Estados Unidos con una visa de turista, como una exención de visado o un visado B-1/B-2 de visitante. Sin embargo, es importante que dejen claro a Inmigración al entrar que se irán antes de que el visado expire. Si no pueden demostrar esto, se les puede negar la entrada.

  1. ¿El formulario I-130 será aprobado aún si yo o mi familiar tenemos antecedentes penales?

Cuando usted presenta un I-130 para su familiar, el USCIS puede solicitar una entrevista o información biométrica, como huellas dactilares o fotografía, tanto de usted como del solicitante. Esto es para que ellos puedan hacer comprobaciones de antecedentes y seguridad.

Si el patrocinador tiene antecedentes penales, es probable que pueda patrocinar a un familiar que venga a Estados Unidos. Si el familiar tiene antecedentes penales, también es posible que pueda solicitar una green card. Es importante ser honesto sobre los antecedentes penales y comunicar al USCIS cualquier interacción con los cuerpos policiales (excepto las infracciones de tráfico menores). Tener antecedentes policiales puede hacer las cosas más complicadas, pero no necesariamente conduce a la negación de la tarjeta de residencia.

  1. ¿A dónde debo enviar mi formulario I-130?

El lugar dónde presentará su petición I-130 depende de su lugar de residencia y de si está presentando únicamente un formulario I-130 (oficialmente un I-130 “independiente”) o si está presentando un formulario I-130 con una solicitud de green card I-485 (conocida como una “presentación concurrente”). (Consulte esta tabla del USCIS para conocer la dirección postal más adecuada para enviar su petición I-130).

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